Ayudas para la adquisición de libros de texto 2016/2017. Resolución definitiva
Ayudas para la adquisición de libros de texto 2016/2017. Resolución definitiva
Plazo de presentación de recursos hasta el 20 de julio de 2016.
El 20 de junio de 2016 se publica en las Direcciones Provinciales de Educación la Orden de 16 de junio de 2016 de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León durante el curso 2016/2017.
La resolución tiene dos anexos, disponibles en la Direcciones Provinciales de Educación:
- Anexo I: relación de solicitudes concedidas, con indicación de la cuantía de la ayuda concedida.
- Anexo II: relación de solicitudes desestimadas, con indicación de la causa de desestimación.
Cada centro educativo dispone así mismo del listado de solicitudes concedidas y desestimadas en su centro.
Los interesados también pueden consultar el estado de su solicitud a través de la aplicación informática:
Para poder percibir la ayuda, los beneficiarios deben presentar del 1 al 16 de septiembre de 2016 en la secretaría del centro educativo en el que vayan a cursar estudios en el curso 2016/2017, la factura de adquisición de los libros de texto junto con el documento de justificación que les facilitarán en el centro educativo.
Quedan excluidos de la obligación de presentar la factura de adquisición de libros de texto aquellos beneficiarios que hayan solicitado el cobro de la ayuda por el centro y hayan sido autorizados por el director.
Contra la Orden por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para financiar la adquisición de libros de texto cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Educación:
- Si la solicitud aparece en alguno de los listados de la Orden de resolución, el plazo para interponer recurso es de UN MES, es decir, hasta el 20 de julio de 2016.
- Si la solicitud no aparece ni como concedida ni como denegada en los listados, el plazo para interponer recurso es de TRES MESES, es decir, hasta el 20 de septiembre de 2016.
El recurso se presentará, de manera presencial, en los registros indicados en el artículo 38.4 de la ley 30/1992 de 28 de diciembre de 1992, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Por lo tanto SE INADMITEN A TRÁMITE LOS RECURSOS PRESENTADOS EN LOS CENTROS DE ENSEÑANZA.